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PLAN ANUAL DE CONTROL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE 2014
Resultan novedosas para este ejercicio 2014 entre otras medidas y actuaciones por parte de la Agencia Tributaria: la explotación de la información contenida en el modelo 720 (bienes y derechos situados en el extranjero), control de las solicitudes de aplazamientos que tengan por objeto conseguir una dilación o retraso injustificado en el pago de las deudas tributarias, actuaciones presenciales dirigidas al análisis de la facturación y los medios de pago al objeto de verificar la efectividad del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo, y los perceptores de subvenciones o quienes se beneficien de exenciones fiscales, también serán controlados.
En el BOE del día 31 de marzo de 2014, se ha publicado la Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2014, articulándose el mismo en torno a tres grandes ámbitos:
- Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero.
- Control del fraude en fase recaudatoria
- Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.
La Agencia Tributaria se ha fijado como objetivo no solo aumentar la calidad de los servicios que presta a los contribuyentes, sino también mejorar su eficacia en uno de los asuntos que más polémica y reproches genera por parte de los ciudadanos: la lucha contra el fraude fiscal.
A continuación les vamos a informar brevemente de las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2014, si bien muchas de ellas son continuistas de las emprendidas en años anteriores.
Economía sumergida
Como en planes anteriores, Hacienda quiere poner especial énfasis en los sectores con un mayor riesgo fiscal y dentro de éstos la Agencia Tributaria recuerda que este año los controles vigilarán el auge de nuevos nichos de actividad o modalidades de negocio, las empresas resultantes del desarrollo de nuevas tecnologías, así como los cambios normativos o las propias modificaciones del comportamiento de los obligados tributarios o contribuyentes.
Líneas principales de actuación:
- Captación y explotación de información, en los siguientes ámbitos.
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- Información de otras Administraciones Públicas, especialmente en aquellos supuestos en los que existan registros administrativos relativos al ejercicio de actividades económicas.
- Información relativa a flujos de fondos, facturación a través de tarjetas de crédito o situaciones patrimoniales inconsistentes con el contenido de las declaraciones tributarias.
- Actuaciones presenciales:
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- Desarrollo de actuaciones de comprobación e investigación con apoyo de personal especializado en técnicas de auditoría informática.
- Realización de actuaciones presenciales orientadas a la verificación del cumplimiento de obligaciones de carácter formal así como de toma de datos de la actividad visitada, incluyendo la verificación de la situación censal de obligados tributarios respecto de los que existan indicios de deslocalización o simulación de actividad para ocultar la verdadera actividad o el verdadero titular de las rentas.
- Actuaciones dirigidas a la verificación del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo.
- Realización de actuaciones presenciales para la detección de alquileres no declarados.
- Control de actividades de importación y venta de productos importados con objeto de detectar ventas internas no declaradas o la infravaloración de los valores en la importación o en las ventas interiores subsiguientes a la importación, analizando los márgenes reales de la actividad.
Fiscalidad internacional
Las actuaciones de control en materia de fiscalidad internacional se incardinan en el conjunto de las iniciativas seguidas por las organizaciones internacionales de las que España forma parte como la Unión Europea, la OCDE, el G20 y el Consejo de Europa.
En particular, en el ámbito de la fiscalidad internacional durante el año 2014 serán objeto de atención preferente las siguientes:
a) Utilización abusiva de la normativa interna e internacional
- Actuaciones relativas a la utilización abusiva de mecanismos «híbridos», ya sean «entidades híbridas» o «instrumentos financieros híbridos», que, aprovechando la diferente calificación de determinadas formas jurídicas u operaciones en los sistemas fiscales de distintos países y el juego de los Convenios de Doble Imposición, determinen una minoración artificial de su tributación.
- Actuaciones de control sobre aquellos pagos al exterior de especial relevancia u operaciones de mayor complejidad a los que resulte de aplicación medidas antiabuso contempladas en la normativa interna o en los convenios bilaterales para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas.
b) Actuaciones de control de operaciones realizadas con paraísos fiscales
- Verificación de la tributación de las operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales para garantizar que se ajustan a las limitaciones y reglas especiales previstas por nuestra normativa tributaria en relación con estos supuestos.
- Control sobre personas o entidades que localizan de manera ficticia su residencia fiscal en otros países, sobre todo en países o territorios de baja tributación o paraísos fiscales, con el propósito de eludir el pago de impuestos en España.
c) Precios de transferencia
- Control de la correcta aplicación de las normas sobre precios de transferencia, especialmente en operaciones de reestructuración empresarial complejas, servicios intragrupo, acuerdos de reparto de costes y operaciones sobre intangibles relevantes.
- Impulso de los acuerdos previos de valoración como instrumento de prevención del fraude que eliminan los riesgos derivados de la política de precios de transferencia de las empresas.
d) Otras actuaciones de control en materia de fiscalidad internacional
- Detección de establecimientos permanentes radicados en España para aquellos contribuyentes que tributan como no residentes sin establecimiento permanente, especialmente en el marco de grupos multinacionales con presencia en España. Para ello se prestará especial atención a la estructura y funcionalidad tanto de las entidades filiales residentes en España como de las no residentes.
- Actividades desarrolladas en España por profesionales, artistas o deportistas no residentes, al objeto de verificar su correcta tributación.
Economía digital
El uso de la tecnología ha cambiado la forma de relación entre comprador y vendedor y, por ende, ha de cambiar la actuación de control de la Administración Tributaria. Por todo ello, está previsto hacer frente a las nuevas formas de fraude que posibilita la deslocalización permitida por Internet, al poderse originar actividades totalmente sumergidas junto con otras que, bajo apariencia extranjera, son en realidad empresas españolas que usan la red para eludir sus obligaciones fiscales.
En este ámbito de actuación, continuarán las actividades de investigación dirigidas al análisis de las operativas de gestión de negocio asociadas a actividades realizadas exclusivamente a través de la red y a la determinación de patrones de riesgo fiscal que deban ser objeto de control, siendo áreas de atención prioritaria durante 2014:
- Captación y explotación de la información disponible en Internet que permita descubrir actividades ocultas.
- Actuaciones de control sobre las personas físicas o entidades titulares de páginas Web receptoras de publicidad para asegurar la adecuada tributación de los ingresos por publicidad en España.
- Actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en la actividad económica.
Planificación fiscal agresiva
Sigue siendo prioritario en el Plan de Control de 2014 el desarrollo de actuaciones de control dirigidas a la regularización de la situación tributaria de aquellos contribuyentes que hubieran utilizado mecanismos agresivos de planificación fiscal:
- Se mantiene el foco en aquellos contribuyentes con residencia fiscal en España que, con el objetivo de eludir o minorar el pago de impuestos, se sirvan de entidades o estructuras híbridas o fiduciarias o actúen mediante otras fórmulas de planificación agresiva.
- Se perseguirán aquellas actuaciones dirigidas al doble aprovechamiento de pérdidas o gastos; la generación de pérdidas mediante transmisiones de valores intragrupo; o el desvío de rentas de actividades económicas mediante la interposición de entidades sin ánimo de lucro.
- También serán objeto de control las operaciones de reorganización empresarial al objeto de comprobar el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos para disfrutar del régimen especial en el Impuesto sobre Sociedades.
- De igual forma, se continuará con el control de la deducibilidad de los gastos financieros, especialmente intragrupo, y de la compensación indebida de bases imponibles negativas.
Fraude organizado
En 2014 serán objeto de especial seguimiento las siguientes operaciones o colectivos:
a) Contribuyentes acogidos al régimen de estimación objetiva:
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- Detección de emisores de facturas irregulares destinadas a reducir la tributación del receptor de dichas facturas, prestándose especial atención a la utilización indebida del régimen de módulos con esta finalidad.
- Supuestos de división artificial de la actividad para conseguir el mantenimiento en el régimen de módulos.
b) Tramas de fraude:
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- Control dirigido a impedir la aparición de tramas de fraude del IVA en operaciones intracomunitarias con una estrategia orientada a la detección temprana de dichas tramas, mediante la realización de las actuaciones de investigación y de control preventivo del Registro de Operadores Intracomunitarios y, en su caso, la judicialización temprana de los expedientes.
- Control sobre los depósitos fiscales y depósitos distintos de los aduaneros para evitar la utilización de estos regímenes con fines de elusión fiscal. En particular, se analizará la información periódica a suministrar por parte de los titulares de los establecimientos respecto a la repercusión de las cuotas de los Impuestos Especiales.
- Detección de esquemas organizados de fraude a través de los que se produce la adquisición masiva y por precios simbólicos de sociedades sobre las que recaen o van a recaer importantes contingencias fiscales, por parte de personas ilocalizables, con el fin de facilitar la elusión de las responsabilidades tributarias de todo tipo en las que hubieran incurrido los anteriores titulares de dichas sociedades.
Prestación de servicios de alto valor
En 2014 las actividades profesionales continuarán siendo objeto de especial seguimiento utilizando para ello las fuentes de información tradicionales de la AEAT, así como la información que pueda obtenerse procedente de registros administrativos o privados y de requerimientos de información a clientes finales, continuándose el análisis y selección de contribuyentes a partir de signos externos de riqueza en los casos en los que dichos signos no resulten acordes con su historial de declaraciones de renta o patrimonio preexistentes.
Además se intensificará el control de la utilización improcedente de personas jurídicas que canalicen rentas de personas físicas con el único objeto de reducir la tributación de la persona física por la diferencia de tipos o que incorporen gastos personales no relacionados con la actividad.
En el caso de profesionales que operen en sectores en los que tradicionalmente se utiliza el cobro en efectivo, se examinará la aplicación de la limitación de pagos en efectivo.
Control sobre operaciones, regímenes jurídico-tributarios, obligados tributarios y sectores de actividad específica
Junto con los ámbitos de control prioritario señalados previamente, existen determinados sujetos, sectores o regímenes tributarios sobre los que la Agencia Tributaria ha desarrollado sus actuaciones de control en años precedentes que deben mantenerse.
No obstante, destaca como novedad en 2014 la explotación de la información del modelo 720, relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero para detectar las posibles rentas procedentes de dichos bienes y asegurar su correcta tributación.
Por último, se llevará a cabo un especial seguimiento de la implantación de las nuevas vías de presentación, por medios telemáticos, de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, reduciendo al máximo posible la presentación en papel.
Los ámbitos prioritarios de actuación serán los siguientes:
a) En el control de grandes empresas, se profundizará en el análisis de riesgos específicos con el objeto de potenciar actuaciones de control parcial que incidan en un mayor número de contribuyentes. El análisis de riesgos específicos incluirá, entre otros, el control de los ajustes al resultado contable, la compensación de bases imponibles negativas y la aplicación de deducciones en cuota.
b) Se prestará especial atención a aquellos sectores económicos que, no habiendo sido especialmente afectados por el descenso de actividad producido durante los años de crisis económica, presenten declaraciones tributarias inconsistentes con indicios que pongan de manifiesto niveles de facturación o capacidad económica relevante.
c) Intensificación de las actuaciones de control de fundaciones y entidades sin ánimo de lucro al objeto de evitar supuestos de utilización abusiva del régimen fiscal especial. En este marco, se prestará especial atención a la información que pueda ser remitida por las entidades públicas que ejerzan funciones de patronazgo sobre las citadas fundaciones.
d) Impulso de las actuaciones de comprobación sobre las entidades que tributan en el Régimen de Consolidación Fiscal en el Impuesto sobre Sociedades y en el Régimen Especial de Grupos del IVA.
e) Control extensivo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades llevados a cabo por las grandes empresas.
f) Actuaciones de comprobación del IVA soportado incluido como deducible tanto por los sujetos pasivos que opten por el régimen de IVA de caja como por aquellos otros que realicen adquisiciones a aquellos que estén en dicho régimen.
g) Control sobre el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración de bienes y derechos en el extranjero, modelo 720.
h) Tratamiento de la información del modelo 720 para asegurar la tributación correcta de las rentas procedentes de los bienes situados en el extranjero.
i) Potenciación de los procedimientos de revocación del NIF utilizando la información derivada de la campaña de inclusión en el sistema de Notificaciones Electrónicas Obligatorias.
j) Actuaciones de control de tributación de las subvenciones percibidas por los contribuyentes.
k) Se prestará atención a los incumplimientos de la obligación de presentación de autoliquidaciones mensuales o trimestrales explotando sistemáticamente la información de terceros que pongan de manifiesto una actividad económica.
l) Actuaciones de seguimiento de la implantación de la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria por medios telemáticos.
Resumen de las principales medidas y actuaciones como novedosas para 2014
- Actuaciones de comprobación llevadas a cabo con el apoyo de personal especializado en técnicas de auditoría informática, al objeto de detectar situaciones de manipulación de los libros de contabilidad y de los libros registro, de llevanza de doble contabilidad o de ocultación parcial de la actividad, de conformidad con los informes sobre la materia elaborados por la OCDE.
- Desarrollo de actuaciones presenciales dirigidas al análisis de la facturación y los medios de pago al objeto de verificar la efectividad del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo
- Explotación de la información contenida en el modelo 720 –bienes y derechos situados en el extranjero- para detectar las posibles rentas procedentes de dichos bienes y asegurar su correcta tributación.
- Potenciación de los acuerdos de prohibición de disponer de los bienes inmuebles de las entidades cuyas acciones o participaciones hubiesen sido objeto de embargo y desarrollo de actuaciones de embargo sobre bienes y activos financieros situados en el extranjero.
- Control de las solicitudes de aplazamientos que tengan por objeto conseguir una dilación o retraso injustificado en el pago de las deudas tributarias resultantes de autoliquidaciones o de liquidaciones practicadas por la Administración e impulso de las actuaciones dirigidas a acordar la derivación de la responsabilidad tributaria en los casos de fraude consistente en la falta de ingreso reiterada de autoliquidaciones por retenciones o impuestos repercutidos.
- Actuaciones de control para verificar que la modificación del régimen de estimación objetiva no ha dado lugar a una intensificación de aquellas modalidades de fraude asociadas a la utilización abusiva del régimen.
- Actuaciones de control de la importación y exportación de mercancías sujetas a controles adicionales, cuando no a prohibiciones específicas, como alimentos, medicamentos, material radiactivo, productos o residuos peligrosos, precursores de estupefacientes, material de defensa y de doble uso, mercancías falsificadas, especies de la fauna y flora silvestres en peligro de extinción amparadas por el Convenio CITES, etc.
- Implantación de nuevos controles y líneas de actuación para garantizar la correcta gestión del Impuesto sobre los Gases Fluorados de efecto invernadero.
- Control de los obligados tributarios beneficiarios de la exención parcial del Impuesto sobre la Electricidad a determinadas actividades industriales vigente desde el 1 enero de 2014.
- Seguimiento de la implantación de las nuevas vías de presentación, por medios telemáticos, de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, reduciendo al máximo posible la presentación en papel.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.