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La moratoria concursal termina el 14 de marzo de 2021 ¿Qué podemos hacer?

El 14 de marzo de 2021, termina la llamada moratoria concursal, y se prevé que una infinidad de empresas y empresarios se vean abocados al concurso de acreedores, a no ser que hayan salvado la situación con una línea ICO, o con una reestructuración empresarial.

Si usted se encuentra en situación de dificultad económica, le aconsejamos que no deje su expediente de insolvencia para más adelante, pues cuanto antes lo afronte, mayores son las probabilidades de salvar la empresa.

En España no hay cultura de la restructuración, ni de la insolvencia y se suele ver el concurso de acreedores como un fracaso empresarial. Pero eso no tiene porqué ser así y las leyes concursales nos ofrecen un sinfín de oportunidades, sobre todo si se actúa a tiempo.

La insolvencia se detecta cuando usted vea que no es capaz de afrontar las obligaciones corrientes, los pagos a la Seguridad Social, el IVA de la Agencia tributaria, etc. Es en ese momento en el que tiene que ponerse en manos de un especialista, pues ahora mismo la ley no le obliga a presentar concurso de acreedores, pero esa moratoria concursal puede terminar siendo un arma de doble filo.

Por dramático que sea, una empresa en insolvencia solo se puede salvar con restructuración y planificación, y eso por obligación implica replantear el modelo de negocio, además de realizar ciertos cambios en la masa salarial y quizás cierta venta de inmovilizado. Al fin y al cabo, si los acreedores ven un esfuerzo por parte de la mercantil, quizás sean más indulgentes y se avengan a negociar, o incluso su entidad de crédito considere ofrecerle una refinanciación.

¿Cuál es la consecuencia de no hacer los deberes antes del 14 de marzo de 2021?

La consecuencia es que usted, como administrador, puede pasar a responder de todas las deudas impagadas, si a esa misma fecha no ha solicitado el concurso o preconcurso. Por ello, si usted ve imposible salvar la situación, es mucho mejor activar un concurso o preconcurso en estas fechas, que no durante el mismo mes de marzo, momento en que puede llegar una avalancha de concursos y un colapso.

Además, si un acreedor llegara a adelantarse, y le pidiera a usted el concurso antes de que usted lo haya pedido, la situación se podría tornar muy delicada para su propio patrimonio como persona física. De hecho, usted debe tener en cuenta que quizás algún acreedor ya haya solicitado el concurso, pero este se haya quedado suspendido a la espera de que llegue la fecha del 14 de marzo de 2021.

De entre todas las soluciones posibles, una es solicitar un acuerdo extrajudicial de pagos, si el pasivo no supera los 5 millones de euros, o negociar un convenio anticipado si puede usted negociar con sus acreedores, o incluso un acuerdo de refinanciación, si hay entidades de crédito en su lista de acreedores.

Otra de las soluciones puede ser la venta de la unidad productiva, conocido como pre-pack concursal, inclusive si su empresa está en Catalunya, el Departament de Industria ha elaborado una ventanilla específica online para empresas en dificultad que necesiten comprador o inversor para su unidad productiva.

En todo caso, le conminamos a que tome decisiones drásticas cuanto antes y no empiece a pensar en su expediente de insolvencia el 14 de marzo de 2021, pues de lo contrario, quizás sea demasiado tarde.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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