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EN CASO DE INSPECCIÓN… ¿CUMPLE SU EMPRESA CON UN PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES?
Para cumplir con las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, todas las empresas deben elaborar y conservar un plan de prevención de riesgos laborales.
Le recordamos, que de acuerdo con la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, el empresario deberá garantizar la salud y seguridad de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con su trabajo, para lo cual habrá de:
- · Elaborar, implantar y aplicar un plan de prevención de riesgos laborales.
- · Evaluar los riesgos.
- · Planificar y ejecutar la actividad preventiva.
Por eso es importante, que en caso de una Inspección de Trabajo, su empresa justifique que dispone de un plan de prevención de riesgos laborales, con la evaluación de riesgos y la planificación, así como justificantes de la formación impartida y de haber efectuado las revisiones médicas.
¿Qué es el Plan de Prevención de Riesgos Laborales? ¿Cuál es su contenido?
Se trata de un documento que, aparte de los datos genéricos de la empresa (datos identificativos, estructura, etc.), debe reflejar el tipo de riesgos laborales que existen tanto con relación a la empresa como respecto al puesto de trabajo de cada empleado.
Este documento se conservará a disposición de la autoridad laboral, de las autoridades sanitarias y de los representantes de los trabajadores, e incluirá, según la dimensión y características de la empresa, los siguientes elementos:
- La identificación de la empresa, de su actividad productiva, el número y características de los centros de trabajo y el número de trabajadores y sus características con relevancia en la prevención de riesgos laborales.
- La estructura organizativa de la empresa, identificando las funciones y responsabilidades que asume cada uno de sus niveles jerárquicos y los respectivos cauces de comunicación entre ellos, en relación con la prevención de riesgos laborales.
- La organización de la producción en cuanto a la identificación de los distintos procesos técnicos y las prácticas y los procedimientos organizativos existentes en la empresa, en relación con la prevención de riesgos laborales.
- La organización de la prevención en la empresa, indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes.
- La política, los objetivos y metas que en materia preventiva pretende alcanzar la empresa, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos de los que va a disponer al efecto.
¿Debe ser aprobado el Plan de Prevención?
El Plan de Prevención debe ser aprobado por la dirección de la empresa y ser conocido por todos los trabajadores y directivos.
¿Dónde debe encontrarse el Plan de Prevención?
El Plan de Prevención debe encontrarse en el centro de trabajo y estar a disposición de todos los trabajadores y a disposición entre otros de la Autoridad Laboral o de las Autoridades Sanitarias.
¿Qué se entiende por Plan simplificado o elemental de Riesgos Laborales?
En las empresas de hasta 50 trabajadores, que realicen una actividad poco peligrosa y sin riesgos de importancia, el Plan de Prevención y por lo tanto su documentación puede ser relativamente simple, no queriendo decir esto que pierda importancia. Este plan puede ser de extensión reducida y fácil comprensión, deberá estar plenamente adaptado a la actividad y tamaño de la empresa.
¿Cómo se implantará el Plan de Prevención en la empresa?
El Plan de Prevención deberá ser asumido por el empresario y conocido por todo el personal de la empresa, de forma que toda persona afectada por un procedimiento o por una disposición descrita en él debe tener acceso al mismo. Para ello, el plan se distribuirá a todos los destinatarios utilizando los cauces que se establezcan.
¿Cada cuánto tiempo es necesario actualizar el Plan?
La normativa no dice nada al respecto, pero se entiende que se debe actualizar el Plan de Prevención si se modifica o cambia alguno/s de los contenidos del mismo.
¿Cuáles son los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de Prevención?
Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales son la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
¿Qué documentos del Plan de Prevención se deben conservar?
El empresario deberá elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la siguiente documentación:
- Evaluación de riesgos.
- Planificación de la actividad preventiva.
- Prácticas de los controles del estado de salud de los trabajadores.
- Relación de accidentes y enfermedades profesionales que hayan causado bajas.
- Consultas realizadas a los representantes de los trabajadores (si en su caso procede).
- Formación e información ofrecida a los trabajadores (deberá justificar que ha formado e informado a sus trabajadores sobre los riesgos existentes en su puesto de trabajo. Para ello, guarde un certificado conforme todos los trabajadores han recibido formación suficiente y adecuada para la actividad que llevan a cabo, tanto en el momento de su contratación como si se producen cambios en sus funciones).
- Entrega de equipos de protección individual (si en su caso procede).
- Aceptación voluntaria del trabajador a los reconocimientos médicos (las empresas están obligadas a controlar el estado de salud de los trabajadores. Esto se hace a través de las revisiones médicas, para determinar si las funciones a realizar en la empresa suponen un riesgo para la salud de los trabajadores. Como las revisiones médicas son voluntarias, para evitar cualquier contingencia frente a la Inspección, si algún empleado de la empresa se niega a hacérsela, es conveniente hacerle firmar un documento donde conste su renuncia).
- Partes de investigación de accidentes (la empresa también está obligada a guardar la relación de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo).
- La información recibida y suministrada a las empresas que desarrollan sus actividades en el mismo centro de trabajo.
¿Qué formación debe tener el empresario para poder desarrollar la actividad preventiva?
En el caso de empresas de menos de 10 trabajadores y dedicada a una actividad poco peligrosa y en el supuesto que el empresario asumiese la gestión preventiva, éste podría realizar el Plan de Prevención, y en su caso, establecer medidas preventivas, teniendo que poseer para ello una formación mínima con una duración no inferior 30 horas.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.